Consultar la tecnomecánica por placa

Para saber si la tecnomecánica de un vehículo está vigente se consulta el RUNT con la placa y el documento del propietario: PlacApi te muestra si la revisión técnico-mecánica (RTM) está vigente, el CDA que la hizo, el número del certificado y la fecha exacta de vencimiento. En la misma búsqueda ves el SOAT, las multas del SIMIT y el resto de la ficha del vehículo. La primera consulta es gratis.

El RUNT exige el primer apellido del titular para entregar la licencia de conducción. Sin él el resto del informe llega igual — solo esa tarjeta queda sin datos.

Una sola búsqueda consulta RUNT, SIMIT, FASECOLDA, impuestos departamentales y pico y placa en 30 ciudades.

  • Estado y vigencia de la RTM
  • CDA, certificado y vencimiento
  • Carros y motos
  • 1 consulta gratis

Qué te dice la consulta de tecnomecánica

La revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes (RTM) certifica que el vehículo está en condiciones de circular: frenos, dirección, suspensión, luces, llantas, emisiones. La hace un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) y su resultado se reporta al RUNT, que es donde la autoridad lo verifica.

La consulta devuelve cuatro datos de la revisión más reciente: si está vigente, el CDA que la expidió, el número del certificado y la fecha de vencimiento, con los días que faltan. Ese conjunto es el que sirve para actuar: el nombre del CDA importa si hay que reclamar algo, y el número del certificado es lo que se compara contra el papel.

También distingue un tercer estado además de vigente y vencida: exenta. Es el vehículo que todavía no ha llegado a su primera revisión; marcarlo como vencido —que es lo que hacen varias herramientas— asusta al comprador de un carro nuevo sin razón.

Qué revisan en una tecnomecánica

No es una inspección al ojo. El artículo 51 de la Ley 769 de 2002 enumera lo que la revisión debe verificar, y esa lista es la que el CDA recorre con equipos calibrados: el estado de la carrocería, los niveles de emisión de gases y elementos contaminantes, el funcionamiento del sistema mecánico, el sistema eléctrico y el conjunto óptico, la eficiencia del sistema de combustión, los elementos de seguridad, el buen estado del sistema de frenos y las llantas. Los dos puntos restantes —puerta de emergencia y dispositivos de cobro— aplican a vehículos de servicio público.

En la práctica, los rechazos se concentran en tres frentes: las luces (un conjunto óptico desalineado o una bombilla fundida), los frenos y las emisiones. Son también los tres más baratos de revisar antes de ir, y por eso conviene llegar con el vehículo preparado en vez de pagar dos veces.

El resultado se consigna en un documento uniforme cuyas características define el Ministerio de Transporte: el Certificado de Revisión Técnico-Mecánica y de Emisiones Contaminantes, según el artículo 53 de la misma ley. Ese certificado es el que el CDA reporta al RUNT y el que esta consulta devuelve con su número.

Qué verifica la revisión, según el artículo 51 de la Ley 769 de 2002
GrupoQué se revisa
CarroceríaEstado general de la estructura
EmisionesGases y elementos contaminantes dentro de los límites de la legislación ambiental
MecánicaFuncionamiento del sistema mecánico y eficiencia del sistema de combustión
Eléctrico y lucesSistema eléctrico y conjunto óptico
SeguridadElementos de seguridad y estado del sistema de frenos
LlantasEstado de las llantas del vehículo
Solo servicio públicoPuerta de emergencia y dispositivos de cobro

Qué pasa si el vehículo no aprueba

No aprobar no es el fin del mundo ni obliga a empezar de cero. El CDA entrega el informe con los defectos encontrados, se corrigen y el vehículo vuelve a reinspección dentro del plazo que fija la reglamentación, normalmente pagando solo la parte del servicio que corresponde a lo que se vuelve a revisar y no la revisión completa.

Lo que no cambia mientras tanto es la obligación: un vehículo al que se le venció el plazo sigue expuesto a la infracción C.35 aunque tenga la cita agendada. La reprobación no suspende el término.

Y un matiz importante para quien compra un usado: el certificado por sí solo no garantiza que el vehículo esté bien hoy. La misma infracción cubre circular en malas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones aun portando los certificados, así que un papel reciente no reemplaza una revisión de confianza antes de comprar.

Cuánto cuesta la tecnomecánica y dónde se hace

La tarifa de la revisión es regulada: la fija el Ministerio de Transporte y varía por clase de vehículo —moto, automóvil, vehículo pesado—, no por el CDA que elijas. Al valor de la revisión se suma la tasa que financia la vigilancia del servicio, que también está reglada. Por eso comparar precios entre centros casi nunca cambia la cuenta.

Lo que sí conviene comparar es la disponibilidad y la seriedad del centro. La revisión solo puede hacerla un CDA registrado ante el RUNT y acreditado como organismo de inspección; el listado de acreditados lo publica el ONAC, y las tarifas y resoluciones vigentes, el Ministerio de Transporte.

Desconfía del centro que ofrezca el certificado sin ver el vehículo o por debajo de la tarifa regulada: ese certificado existe en el papel y no en el RUNT, que es donde lo mira la autoridad. Consultar la placa después de la revisión es la forma de comprobar que quedó reportado.

Cuándo toca la primera tecnomecánica: la exención del vehículo nuevo

Un vehículo nuevo no hace tecnomecánica de inmediato. El artículo 52 de la Ley 769 de 2002 fija la primera revisión por tipo de vehículo y servicio, contada siempre desde la fecha de matrícula en el registro nacional automotor, no desde el año del modelo ni desde la fecha de la factura.

En el texto vigente que publica el Gestor Normativo de Función Pública, los vehículos nuevos de servicio particular distintos de motocicletas van a su primera revisión a partir del quinto año contado desde la matrícula, mientras que los nuevos de servicio público y las motocicletas y similares la hacen al cumplir dos años. Los vehículos de placas extranjeras que entran temporalmente al país por hasta tres meses no requieren RTM.

Después de la primera, lo que manda no es una regla general sino la fecha de vencimiento del certificado que el RUNT reporta para esa placa concreta: es el dato que verifica la autoridad y el que devuelve esta consulta. La ley sí fija revisión anual para los vehículos de servicio público, escolar y de turismo.

Primera revisión técnico-mecánica según el artículo 52 de la Ley 769 de 2002 (texto vigente)
Tipo de vehículoPrimera RTMSe cuenta desde
Particular nuevo, distinto de motocicletaA partir del quinto (5º) añoFecha de matrícula en el registro nacional automotor
Servicio público nuevoAl cumplir dos (2) añosFecha de matrícula
Motocicletas y similaresAl cumplir dos (2) añosFecha de matrícula
Placas extranjeras, hasta 3 meses en el paísNo requieren RTM

Qué pasa si conduces sin tecnomecánica vigente

No hacer la revisión en el plazo legal es la infracción C.35 del artículo 131 de la Ley 769 de 2002. El literal C se sanciona con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes, y el texto añade que además el vehículo será inmovilizado.

Hay un matiz que conviene leer completo: la infracción no es solo circular sin el certificado, sino también hacerlo cuando el vehículo no está en adecuadas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones "aun cuando porte los certificados correspondientes". Es decir, un certificado en la mano no protege a un vehículo que evidentemente no está apto.

La inmovilización manda el vehículo a los patios en grúa, y esos dos cobros —grúa y parqueadero por día— los fija cada municipio y se pagan aparte de la multa. Salir de ahí exige primero resolver la causa: hacer la revisión.

Qué es el CDA y por qué importa cuál te la hizo

El Centro de Diagnóstico Automotor es el único autorizado para hacer la revisión. Debe estar legalmente constituido y registrado ante el RUNT, y acreditado como organismo de inspección; el listado de acreditados lo publica el ONAC. Un taller cualquiera no puede expedir el certificado por más que revise el carro igual de bien.

El nombre del CDA queda guardado en el RUNT junto con el certificado, y esta consulta lo devuelve. Sirve para dos cosas concretas: reclamar si algo salió mal con la revisión, y verificar que el CDA que dice el papel es el mismo que registró el reporte. Cuando no coinciden, el problema es el papel.

Los CDA reportan al RUNT a través del sistema de control y vigilancia del sector; por eso la revisión no aparece en el registro en el mismo instante en que sales del centro.

Hice la revisión y no aparece en el RUNT

Primero, el tiempo: el reporte del CDA tarda. Espera unas horas y vuelve a consultar; PlacApi lee el dato del RUNT en el momento, así que no hay copia vieja que limpiar.

Si al día siguiente sigue sin aparecer, el reclamo va al CDA que hizo la revisión, que es quien tiene la obligación de reportar. Ten a mano el número del certificado: es el identificador que permite rastrearlo. Y mientras no esté en el registro, la autoridad no lo ve, porque desde la Ley 2251 de 2022 lo que se verifica en la vía es el sistema de información y no el papel.

Tecnomecánica al comprar un usado

Que la RTM esté vigente es lo mínimo, pero no es el dato más interesante. Lo que dice más de un usado es la continuidad: un vehículo que la hizo puntualmente cada año cuenta una historia distinta de uno que la sacó la semana pasada después de dos años sin registro.

Conviene además pedir el certificado físico y comparar el número y el CDA contra lo que devuelve la consulta. Y cruzarlo con lo demás: un carro con la RTM al día pero con el SOAT vencido, multas pendientes o una prenda sin levantar sigue siendo un problema. Todo eso sale de la misma búsqueda.

Tecnomecánica de motos

Las motocicletas y similares hacen su primera revisión al cumplir dos años desde la matrícula, según el mismo artículo 52. Antes de ese plazo es normal que la consulta no muestre ninguna revisión, y eso no significa que la moto esté en falta.

Del resto, nada cambia: la revisión la hace un CDA, el certificado se reporta al RUNT y lo que rige es la fecha de vencimiento que el registro guarda para esa placa.

¿Cómo sé si la tecnomecánica está vigente?

La consulta muestra el estado de la revisión más reciente, el CDA que la hizo, el número del certificado y la fecha de vencimiento con los días que faltan. Lo que rige es esa fecha, que es la que verifica la autoridad en el sistema.

¿Cuándo le toca la primera tecnomecánica a un carro nuevo?

Según el artículo 52 de la Ley 769 de 2002 en su texto vigente, los vehículos nuevos de servicio particular distintos de motocicletas van a la primera revisión a partir del quinto año contado desde la fecha de matrícula. Los nuevos de servicio público y las motocicletas, al cumplir dos años.

¿Las motos tienen tecnomecánica?

Sí. Las motocicletas y similares hacen la primera al cumplir dos años desde la matrícula. Antes de eso están fuera de plazo por edad y es normal que la consulta no muestre revisiones.

¿Qué multa hay por no tener la tecnomecánica?

Es la infracción C.35 del artículo 131 de la Ley 769 de 2002: multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes más inmovilización del vehículo. La misma infracción cubre circular en malas condiciones técnico-mecánicas aunque se porte el certificado.

¿Qué es un CDA?

El Centro de Diagnóstico Automotor, único autorizado para hacer la revisión. Debe estar registrado ante el RUNT y acreditado como organismo de inspección; su nombre queda guardado en el registro junto al certificado y la consulta lo devuelve.

Hice la revisión y no aparece, ¿por qué?

El CDA tarda en reportar al RUNT. Espera unas horas y reconsulta; PlacApi refresca el dato desde el RUNT en cada búsqueda. Si al día siguiente sigue sin aparecer, el reclamo va al CDA con el número del certificado.

Qué revisas en una sola búsqueda

  • Tecnomecánica (RTM)

    Si la revisión técnico-mecánica está vigente, el CDA que la hizo, el número del certificado y cuándo vence.

  • SOAT

    Si el seguro obligatorio está vigente, la aseguradora que lo expidió, el número de póliza y la fecha de vencimiento.

  • RUNT (ficha del vehículo)

    Marca, línea, modelo, cilindraje, color, clase, servicio, motor, chasis, VIN, organismo de tránsito y estado del registro, tal como los reporta el RUNT.

Cómo consultar la tecnomecánica por placa

  1. Consulta con la placa y el documento del dueño

    La RTM vive dentro de la ficha del vehículo en el RUNT, así que se pide con los mismos dos datos que el resto de la ficha.

  2. Mira la fecha de vencimiento, no el año del certificado

    Lo que rige es la fecha de vencimiento que el RUNT reporta para esa placa. Es el dato que verifica un agente de tránsito y el que decide si el vehículo puede circular.

  3. Si no aparece ninguna revisión, revisa si aún no le toca

    Un vehículo al que todavía no le corresponde su primera revisión no está vencido: está fuera de plazo por edad. La consulta lo distingue en vez de pintarlo en rojo.

Cuánto cuesta

1 crédito por consulta con datos, desde 349 COP. El precio por crédito baja por volumen: 349 COP desde 30, 249 COP desde 1.000, 149 COP desde 5.000, 139 COP desde 10.000, 119 COP desde 20.000, 99 COP desde 50.000. Los créditos se compran por adelantado (mínimo 30 = 10.470 COP), no vencen y no hay mensualidad. El mismo precio aplica por la web y por API. Solo se cobra cuando la consulta devuelve datos; por API, las consultas sin resultado (404) tienen 10 gratis al mes por cada tipo de respuesta sin datos y después cobran igual.

Otras preguntas frecuentes

¿La tecnomecánica y el SOAT vencen juntos?

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No tienen por qué. Son dos documentos independientes, con fechas propias: el SOAT lo expide una aseguradora y la RTM un CDA. Es común tener uno vigente y el otro vencido, y la consulta muestra los dos con su fecha.

¿Sirve el certificado si el vehículo está en mal estado?

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La infracción C.35 sanciona circular sin la revisión en el plazo legal o cuando el vehículo no está en adecuadas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones, aun portando los certificados. El papel no protege a un vehículo evidentemente no apto.

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Revisado por Andrés Felipe Osorio Ocampo, responsable de PlacApi (Cartago, Valle del Cauca) · Última revisión: 20 de agosto de 2026 · Fuentes y metodología · PlacApi consolida información pública; no es una entidad oficial del Gobierno de Colombia.

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